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Visas

Los ciudadanos de los siguientes países no necesitan visa para ingresar a la Argentina si el motivo de su visita es turístico o familiar.

Para visitas que no superen los 90 días: Estados Unidos (tasa de reciprocidad), Alemania, Andorra, Armenia, Australia (tasa de reciprocidad), Austria, Barbados, Bélgica, Bolivia, Brasil, Bulgaria, Canadá (tasa de reciprocidad), Colombia, Corea, Costa Rica, Croacia, Chile, Chipre, República Checa, Dinamarca, Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Guatemala, Guayana, Haití, Honduras, Hong Kong (titulares de pasaportes de la Región Administrativa Especial de Hong Kong - HKSAR), Hungría, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malta, México, Mónaco, Montenegro, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Panamá, Paraguay , Perú, Polonia, Portugal, Puerto Rico, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Rumania, Federación de Rusia, Saint Kitts y Nevis, San Marino, Santa Lucia, Santa Sede, San Vicente y Granadinas, Serbia, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Surinam, Tailandia, República de Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania y Uruguay.

Para visitas que no superen los 60 días: Venezuela.

Para visitas que no superen los 30 días: Granada, Hong Kong (Pasaporte para ciudadanos británicos en el exterior), Jamaica y Malasia.

Si su país no figura en los listados anteriores, verifique la sección sobre visas de turista.

También puede consultar esta página web para más información sobre su país: http://www.migraciones.gov.ar/accesibleingles/?visas

NOTA: Los ciudadanos de países que deban abonar una tasa de reciprocidad deben abonar dicha tasa en su propio país. Ya no puede abonarse la tasa en aeropuertos argentinos.

Tasa de Reciprocidad

La Dirección Nacional de Migraciones (DNM) de Argentina lanzó un nuevo método de pago online que permite abonar la tasa de reciprocidad con tarjeta de crédito. Los viajeros ahora pueden abonar esta tasa a través del sistema Provincia Pagos.

Los ciudadanos estadounidenses, australianos y canadienses DEBEN abonar la tasa de reciprocidad antes de ingresar a la Argentina mediante los siguientes sitios web: http://www.provinciapagos.com.ar y http://www.migraciones.gov.ar.

¿Cómo Puedo Abonar mi Tasa de Reciprocidad Online?

  1. Ingrese al sitio www.provinciapagos.com.ar y obtenga su código de acceso.

  2. Complete el formulario con los datos personales correspondientes y los de la tarjeta de crédito. La información proporcionada y el código de ingreso serán enviados en forma electrónica a la DNM.

  3. Imprima el ticket de pago.

  4. Al arribar a la Argentina, diríjase a la Oficina de la DNM y presente el ticket.

  5. El ticket será escaneado por el personal de la DNM, que validará los datos y habilitará su entrada al país.

Instrucciones para abonar la Tasa de Reciprocidad online:

http://www.migraciones.gov.ar/pdf_varios/reciprocidad/Online_payment_instructions.pdf#zoom=100

Visas de Turista

  1. Pasaporte o documento de viaje: debe tener una validez mínima de 6 meses a partir de la fecha en la que se desea ingresar al país y tener al menos una página completamente en blanco para colocar el visado.

  2. Dos (2) formularios de solicitud completos: se deben responder todas las preguntas. Descargue el formulario de Internet, imprima dos copias y complételas.

  3. Una (1) fotografía tipo pasaporte reciente.

  4. Evidencia de su estatus migratorio dentro de los Estados Unidos: (en caso de no ser de nacionalidad estadounidense), es decir, Tarjeta de Registro de Inmigrante, Documentación Adelantada bajo Palabra, Tarjeta de Autorización de Empleo, visa vigente, formularios IAP66, I-94 / I-20 vigentes (firmados en el reverso por un funcionario designado por la universidad). Por favor, presente documentos originales y copias.

  5. Evidencia de fondos suficientes: resúmenes bancarios y de tarjetas de crédito correspondientes a los últimos cinco meses. Por favor, presente documentos originales y copias.

  6. Itinerario: pasaje aéreo de ida y vuelta.

  7. Tarifa: tasa de US$ 50 (gratis para personas con nacionalidad de India y Marruecos). Las tasas podrán abonarse únicamente mediante giro postal (pagadero a la orden de: "Consulado General de Argentina en Nueva York"). No se aceptan cheques ni dinero en efectivo.

  8. Carta de su empleador en Estados Unidos, confirmando su condición de empleado de la compañía, su antigüedad en el puesto, y su remuneración mensual y salario anual. Si usted es el propietario de la empresa, presente una copia de la inscripción oficial de la misma, junto con la última declaración jurada de impuestos y el cheque que acredite el pago correspondiente. La carta debe ser original (no se aceptan fotocopias o ni faxes), redactada en español o traducida a dicho idioma, en papel membretado de la empresa, firmada por la persona a cargo y certificada ante escribano público. Descargar carta modelo [DOC 24 KB].

  9. Entrevista: todos los solicitantes de visas, sin excepción, deben presentarse en persona para una entrevista con un funcionario consular.

    Es probable que los solicitantes deban proporcionar información y documentos adicionales, entre ellos, el pasaje de avión y/o el pago de una tarifa de procesamiento de mayor valor (hasta US$100). La falta de presentación de todos los documentos y la información requeridos puede demorar el procesamiento de su solicitud. Le recomendamos ponerse en contacto con nuestras oficinas al menos treinta (30) días antes de la fecha de partida propuesta para evitar inconvenientes.

    De conformidad con la ley aplicable en la República Argentina y las prácticas internacionales, el Cónsul tiene la facultad de denegarle la visa.